El artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador establece que los grupos de atención prioritaria son los siguientes:
• Niños, niñas y adolescentes
• Mujeres embarazadas
• Personas con discapacidad
• Personas privadas de libertad
• Personas con enfermedades catastróficas o de alta complejidad
• Personas en situación de riesgo
• Víctimas de violencia doméstica y sexual
• Víctimas de maltrato infantil
• Víctimas de desastres naturales o antropogénicos
Derecho Ecuador
En Ecuador, los grupos vulnerables enfrentan desafíos significativos que están relacionados con la pobreza, las desigualdades sociales, la discriminación de género, y la falta de acceso a servicios esenciales como educación y salud. Estos grupos incluyen a personas mayores, niños, mujeres (especialmente las embarazadas y víctimas de violencia de género), personas con discapacidades, y aquellos en situación de movilidad humana, como migrantes y refugiados. La Constitución de 2008 reconoce a estos grupos y estipula la necesidad de atención prioritaria y especializada para ellos
Por ejemplo, el proyecto "Caminando" de ONU Mujeres ha trabajado en la frontera norte del país, enfocándose en empoderar a las mujeres migrantes y refugiadas, promoviendo su acceso a servicios de protección y apoyo frente a la violencia
ONU Mujeres – Ecuador
Asimismo, los factores socioeconómicos como el desempleo, la falta de vivienda y la marginación afectan a otras comunidades, exacerbando su vulnerabilidad


